Cuando hablamos de registros de derechos de autor llegamos de forma muy rápida a una de las principales confusiones que existen hoy en día ¿dónde hay que registrar para tener derechos sobre las obras que creo?
Esta confusión tal vez venga del hecho de que hace unas pocas décadas el registro era obligatorio si se deseaba conseguir el monopolio sobre la obra creada, pero la realidad es que ya no es así: Nuestros derechos sobre las obras que creamos nacen en el momento de finalizar la obra. En otras palabras, para tener los derechos sobre las obras el registro no es obligatorio. Las leyes aplicables establecen ese monopolio (copyright o derecho de autor) por defecto. No es obligatorio declararlo.
Entonces ¿para qué registrar nuestras obras?
Primero es importante recordar cuales son las dos funciones fundamentales de cualquier registro de autor: Generar evidencia de autoría y dar información pública sobre esa autoría.
No son cuestiones baladíes, porque los contenidos con frecuencia superan en vida útil a la vida de los autores. De hecho así es. Hoy en día, además, debemos sumar otro hecho incontestable: Cada vez hay más gente creando a mayor velocidad y en mayor cantidad. Y aunque al autor ya no esté, sus obras siguen “vivas” (“El Quijote” de Cervantes, “Noche Estrellada” de Van Gogh…)
En un entorno de máxima cantidad de contenidos, creación y uso geométrico de obras, tanto la evidencia sólida y escalable como la capacidad de dar y recibir información es fundamental.
1) Generar evidencia de autoría: Es algo que se comprende fácilmente. En caso de dificultades y para muchas actividades es importante acreditar que uno es el autor de algo. En caso de juicios, pleitos, negociaciones, una prueba, una evidencia es siempre clave y fundamental. Sin poder demostrar que alguien tenía acceso a una obra en un momento dado es difícil litigar. Existen muchas evidencias distintas, pero lo que hace al registro especial es que es una evidencia diseñada para ese propósito. Es fácilmente comprensible por jueces y peritos y la que generamos en Safe Creative es autónoma gracias al doble sellado aplicando un sello oficial, y se basa en la tecnología. Es por lo tanto accesible a cualquiera con un ordenador y una conexión a Internet.
2) Informar: El desafío en un mundo hiperconectado es ofrecer información de forma sencilla y accesible. Se deben cumplir varias condiciones para aplicarlo a los derechos de autor: que la información sea buena, sea fácil de obtener y de comunicar, y permita actualizaciones. Hablamos, también, del problema de las obras huérfanas que hace que obras actuales queden desvinculadas de sus autores de forma inmediata tras su
publicación en Internet en redes sociales y similares. En Safe Creative creemos que parte de la solución viene de registros centrales interconectados que compartan información básica entre ellos. Si unimos el poder enorme del simple enlace, como el enlace que se genera por cada obra que se envía a registrar y apunta a la página de información de registro de esa obra, las etiquetas, formularios de contacto y metadatos semánticos, logramos que la vinculación sea difícil de romper y que sea más fácil de recuperar en el futuro aunque se haya roto.
Por todas estas razones, como herramienta agnóstica para informar de derechos de autor, sea la elección de permisos autorizados (o ausencia de éstos) que se escoja, el registro pasa a ser algo fundamental y clave pues fortalece la capacidad de elección y expresión del creador y titular de derechos en un entorno altamente volátil como es el de Internet y sin descuidar el mundo fuera de línea.
¿Cómo funciona Safe Creative?
Safe Creative se basa en asegurar evidencia de autoría aplicando tecnología en forma de sellados y huellas digitales a los ficheros que se copian en la plataforma. Si alguien dice ser autor y tiene acceso al contenido, se almacena dicha declaración y contenido en un sitio sin posibilidad de que sea modificado en el futuro.
Así que en realidad el sistema es sencillo e intuitivo: Basta con subir ficheros que contengan la obra, de forma que ésta sea identificable y distinguible, a Safe Creative. Como se protege la obra, no el formato, para una fotografía bastaría con subir un fichero .png o similar en tamaño suficiente que permita ver la foto para compararla después con otras instancias de ésta. Para un libro tanto un formato .pdf, .rtf o .odt, por poner unos ejemplos, sería suficiente.
Para una canción bien podría servir un formato tipo .ogg abierto o el conocido .mp3.
Y así con otros muchos posibles contenidos, como películas, diseños 3D e incluso software.
Una vez el contenido llega a nuestros servidores se aplican los sellados de tiempo, pudiéndose, si se desea, en 24 horas hacer cambios de última hora, como por ejemplo poner en el fichero subido la propia información de registro si se desea, y sustituir el fichero previamente subido por el nuevo.
¿Y después qué?
Con cada registro se genera un enlace único que da información básica de registro de la obra. Esa información, pública si se desea (se puede registrar de forma privada a partir de la cuenta premium), facilita que cualquier persona acceda a información básica sobre el registro de la obra, y una forma de contactar con el autor, si éste lo ha configurado así.
Además del enlace, existen etiquetas y widgets que se pueden incluir allí donde se muestre la obra, y en ocasiones en la propia obra, para que esta vinculación de información permanezca el mayor tiempo posible y siempre actualizada.
Por otro lado, e internamente, se va aplicando la tecnología que se desarrolla que facilitará la identificación futura del contenido mediante tecnologías de reconocimiento de contenidos y semántica. Esto, por supuesto, está en una fase muy temprana y en constante evolución, pero es fundamental para comprender cual acabará siendo la valiosa aportación de los registros privados a la preservación del acervo cultural mundial.
Conclusión:
Las mejores soluciones para proteger la cultura pasan por facilitar la información al tiempo que se protege ésta información de la volatilidad inherente a lo digital. No es necesario contar con complejas formas de registro, lo aparentemente básico, pues la complejidad es lo que el usuario no ve, y fácil de usar, siendo asequible, es la mayor garantía para preservar todo aquello que se crea, y que no es únicamente la obra, sino el enlace que brinda éste entre el autor y el ciudadano que disfruta de lo que se crea.
Texto por Mario Pena: Responsable de desarrollo de negocio y comunidad en Safe Creative Información de derechos: http://www.safecreative.org/work/1305035052529
Hola mi nombre es Andrea Soto,y me desarrollo en las artes plásticas y busco un respaldo de derechos de autor ,por mis obras.