El Boletín Oficial de la Provincia del pasado viernes 18 de octubre publicó las bases reguladoras de la subvención Organismo Autónomo de Cultura destinada al abono del coste de la matrícula de los alumnos y alumnas de la Escuela Municipal de Música del Organismo Autónomo de Cultura  (OAC) del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife correspondiente al curso escolar 2012-2013.

Escuela Municipal de Música S:C TfeEscuela Municipal de Música S:C TfeEstas bases establecen las normas de la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas individuales otorgadas a través del OAC cuando los/as beneficiarios/as acrediten una determinada situación establecida dentro de las mismas.

Las ayudas o prestaciones económicas son de carácter excepcional, gracias a una aportación extraordinaria de “La Caixa”. En ningún caso tienen carácter periódico y están destinadas a afrontar los gastos específicos  correspondientes al abono total del curso 2012/2013 en cualquiera de las especialidades impartidas en la citada escuela. La finalidad de esta subvención es favorecer a las personas que, cumpliendo los requisitos establecidos en las bases, han tenido que realizar un gran esfuerzo económico para abonar el citado curso. También se considerará la imposibilidad de haber abonado el mismo, siempre que posteriormente no hayan sido dados de baja de la escuela.

La iniciación del procedimiento de concesión se efectuará de oficio, mediante convocatoria, y la posible concesión se realizará mediante la comparación de las solicitudes que se hayan presentado en un plazo de 20 días naturales a contar desde el día siguiente desde que se publicó la convocatoria de las bases en el BOP.

Las solicitudes se deberán presentar acompañadas de la documentación especificada en el registro del OAC (calle Marcos Redondo, número 2, Santa Cruz de Tenerife). Podrán ser beneficiarios/as de la prestación económica las personas físicas  que carezcan de medios económicos suficientes, en las que concurran factores de riesgo, y que además reúnan los requisitos establecidos en las bases.

Es imprescindible no contar con recursos económicos suficientes  atendiendo a los criterios de valoración de las presentes bases, ni disponer de cualquier otra posibilidad de generar ingresos de forma inmediata (bienes muebles, inmuebles, intereses bancarios, etcétera), o en el momento que surge la necesidad. Por otra parte ningún miembro de la unidad de convivencia debe de haber percibido ayuda económica por parte del Ayuntamiento en los últimos seis meses.

La documentación que hay que presentar incluye la solicitud de ayuda (según modelo de presentación debidamente cumplimentado y firmado), fotocopia del DNI de el/la solicitante (o de su representante legal) y de los miembros de la unidad de convivencia, o en su caso documentación acreditativa de identidad o filiación,  declaración de responsabilidad, justificación de ingresos o situación socioeconómica de cada uno de los miembros de la unidad familiar, informe de convivencia y residencia.

El plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento será de seis meses, a contar desde el día siguiente de la presentación de la solicitud. Los/as interesados/as podrán entender desestimadas las solicitudes por silencio administrativo si transcurrido dicho plazo no se hubiere dictado y notificado resolución expresa.

Las bases completas se pueden consultar en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, núm. 137, del viernes 18 de octubre de 2013.